Viernes, 19 Abril 2024

 


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economia

El PITA gana el recurso interpuesto contra el Catastro por el valor real de sus terrenos

El Parque Científico y Tecnológico de Almería ha ganado en los juzgados ordinarios lo que los tribunales económicos y administrativos del país le habían negado hasta momento. Se le estaba cobrando al PITA IBI de más debido a un error de la valoración catastral.

Así, la Audiencia Nacional a través de dos sentencias ha dado la razón al PITA modificando su valoración catastral, retrotrayendo los recibos del Impuesto de Bienes Inmuebles que le hasta ahora le había venido cursando el Ayuntamiento de Almería desde 2008.

Recordar que, la Gerencia Territorial del Catastro asignó en diciembre de 2007 a las dos parcelas que componen el PITA valores catastrales de 32, 7 y 46,8 millones de euros, aplicando a la totalidad de las fincas un valor unitario como suelo urbano, no considerando estos terrenos como rústicos debido a que a la fecha de la aprobación de la ponencia de valores, dicho suelo no contaba con ninguna herramienta urbanística para su desarrollo, disponiendo de la misma en noviembre de 2008.

Ponencia que recurrió el PITA ante los tribunales económicos y administrativos existentes. En todos los casos estos tribunales desestimaron el recurso, por lo que el PITA acudió a los tribunales ordinarios.

Precisamente dichos tribunales han dado la razón al Parque Tecnológico de Almería reconociendo que el Catastro valoró los suelos como urbanos en diciembre de 2007, cuando tenía que haberlo hecho como rústicos.

Así, las dos sentencias, de las que fue ponente el mismo magistrado, Santiago Soldevila, consideran que en base a la jurisprudencia, a efectos catastrales las fincas de la tecnópolis tienen clasificación urbanística de rústicas, razón por las que se les debe asignar un menor valor catastral (el anterior estaba, según los letrados del PITA, por encima incluso del valor de mercado) y su propietario, el parque tecnológico, debe pagar por lo tanto un mucho más escueto recibo de IBI.

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