Roquetas de Mar ultima la Ordenanza de Publicidad del municipio

El ayuntamiento de Roquetas de Mar a través de la Concejalía de Gestión de la Ciudad ultima estos días la Ordenanza de Publicidad para el municipio.
En ella, se diferencia entre la publicidad estática (aquella que se realiza sobre soportes fijos) y la dinámica (aquella que se realiza mediante reparto o vehículo).
Eloísa Cabrera, concejal de Gestión de la Ciudad, ha señalado que “es intención del Equipo de Gobierno dotar a Roquetas de Mar de un marco jurídico claro dónde los ciudadanos y las empresas tengan los requisitos establecidos para realizar la publicidad de cualquier comercio, actividad o evento, y así logar una ciudad más limpia, acogedora, ordenada y visualmente más atractiva para los vecinos y visitantes”. 
En cuanto al contenido de la ordenanza, quedan establecidas tantos las prohibiciones como los requisitos para el cumplimiento de la norma. En cuanto a las primeras, queda totalmente prohibido el uso de las medianerías existentes en edificaciones para fines publicitarios; no podrán situarse anuncios sobre las cubiertas de los edificios salvo en el caso de los edificios de uso exclusivo comercial u oficina, con uso exclusivo de local de espectáculos o reunión o los de uso hotelero; no está autorizado el reparto manual de publicidad en ámbitos fuera de las inmediaciones del establecimiento que se publicita así como en pasos de peatones o zonas que puedan obstaculizar la circulación tanto de vehículos como de personas; queda totalmente prohibida el pegado o fijación de carteles, pegatinas o demás formatos publicitarios así como las inscripciones sobre soportes no regulados, con especial atención a las farolas; no podrá depositarse publicidad fuera de los buzones, en parabrisas, así como lanzarla ensuciando la vía pública; entre otras.
En cuanto a los requisitos se ha diferenciado entre los distintos tipos de publicidad. Son variadas las necesidades a cumplimentar, aunque se puede destacar por ejemplo, que en vallas publicitarias la medida será de 8 metros de ancho por 3 de altura; en rótulos si son voladizos habrá que colocarlos a 2.20 m de la rasante del suelo, al igual que las banderolas; los postes publicitarios tendrán que instalarse en los lugares que la norma autoriza; o las placas que no tendrán una superficie máxima de un metro cuadrado.
En publicidad dinámica destaca la regulación mediante reparto manual y mediante el uso de  vehículos que deberá estar autorizado dentro de los horarios permitidos y con un nivel sonoro de 70 dBA medidos a 3 metros de distancia.