La Junta limitará las visitas a las residencias de mayores para evitar rebrotes

Las visitas a las residencias de mayores y los paseos de los usuarios de las mismas podrán limitarse en Andalucía en función de la situación epidemiológica de cada municipio, en el contexto de la actual pandemia del coronavirus. Así lo ha anunciado el consejero de la Presidencia, Administración Pública e Interior y portavoz del Ejecutivo andaluz, Elías Bendodo, en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Gobierno en la que se ha tomado conocimiento de las recomendaciones en materia de Salud Pública que ha dictado la Consejería de Salud y Familias. 
Nuevas medidas que se han tomado en coordinación con la de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, para los centros residenciales de personas mayores y de personas con discapacidad, los centros de día y ocupacionales y los centros de participación activa, con el objeto fundamental de evitar la aparición de brotes de Covid-19.
Se trata de unas recomendaciones que complementan la Orden 19 de junio de 2020, por la que se adoptan medidas preventivas en Andalucía para afrontar la crisis sanitaria.
Entre estas recomendaciones, destacan que los nuevos ingresos en residencias se hagan en centros sin casos positivos los 14 días anteriores a dichos ingresos y tras la realización de una prueba serológica con resultado negativo, con una antelación de 72 horas como máximo.
Además, se recomienda que los nuevos residentes tengan un seguimiento activo de síntomas clínicos compatibles con Covid-19 durante 14 días desde su entrada en el centro. En el caso de usuarios que voluntariamente hayan regresado a su domicilio habitual y luego retornen al centro, se recomienda aplicarles las mismas condiciones exigidas a las personas de nuevo ingreso.
En el supuesto de salida voluntaria de un centro residencial de una persona al domicilio familiar si ésta vive en un centro que permanece estable y sin síntomas asociados al Covid-19, se recomienda quedar en vigilancia en el domicilio familiar durante 14 días.
Asimismo, se recomienda que exista una solicitud de salida por parte de la familia, el consentimiento expreso del residente y la certificación del director del centro o persona autorizada y de la enfermera gestora de casos.
Las visitas de familiares a los centros residenciales, de conformidad a la Orden de 19 de junio de 2020 están permitidas, a excepción de aquellos casos en los que la situación epidemiológica indique su restricción.
Dicha situación epidemiológica –número de brotes, tipo de brotes y personas afectadas– vendrá constatada por la dirección del centro y por la ‘enfermera gestora de casos’. Si se autoriza la visita, quedará limitada a un único familiar asintomático.
Por otro lado, y según la misma orden, se permiten los paseos y las salidas por vacaciones de los residentes, a menos que la situación epidemiológica indique una restricción de los mismos. Se deberán extremar las medidas de prevención cuando se hagan salidas por otros motivos, como visitas hospitalarias o sesiones de diálisis.