En Andalucía, hay contabilizadas 30.000 empleados del hogar, de los que 28.887 son mujeres y 2.273 son hombres. En Almería son unas 6.000 personas. Una medida que se considera, por parte de UGT, un logro, que constituía "una reivindicación histórica" y que permitirá "mejorar las condiciones laborales de estos trabajadores y se recupera la profesionalización del sector".
El sindicato que ha recordado que estos trabajadores tendrán a derecho a cobrar prestaciones por desempleo y cobrar prestaciones en caso de accidente laboral, ha precisado que esa incorporación al Régimen General se efectuará de forma paulatina en los próximos años.
El sindicato espera que este paso al Régimen General "consiga sacar a la luz mucho empleo sumergido", ya que "se calcula que en realidad hay el doble de personas empleadas de hogar que las que marcan las cifras oficiales".
Este pacto entre Gobierno y sindicatos sólo afectará a las cuestiones relacionadas con cotizaciones y prestaciones de estos empleados y no al ámbito de las relaciones laborales, como la protección por desempleo, que podrá articularse a través de normas de rango reglamentario.
Según lo acordado, las personas que trabajen como empleadas de hogar al ser dadas de alta en la Seguridad Social deben tener, en primer lugar, un contrato en el que como mínimo se estipule el número de horas de trabajo semanales, el salario mensual o por hora, el salario en especie, si existe pacto de horas de presencia o de pernoctación y su retribución y el número de cuenta bancaria del titular del hogar familiar donde domiciliar la cotización.
Otra de las novedades es que en caso de baja de la actividad laboral, a partir del noveno día la incapacidad temporal correrá a cargo de la Seguridad Social y los empleadores pagarán desde el cuarto día hasta el noveno. Actualmente la Seguridad Social paga la incapacidad Temporal de las empleadas de hogar a partir del día 25.
Asimismo, los titulares de hogares familiares están obligados a presentar las solicitudes de afiliación, altas y bajas y las variaciones de datos.
Cuando el titular del hogar incumpla esta obligación los empleados de hogar podrán solicitar su afiliación y/o alta en las administraciones de la Tesorería General de la Seguridad Social. Cuando se trabaje para más de un empleador, cada uno de ellos deberá solicitar el alta.