Los Jueces y las Cámaras de Comercio desarrollan la mediación en España en virtud del acuerdo de colaboración entre el CGPJ y el Consejo Superior de Cámaras. José Pascual Pozo, presidente del Comité Permanente y Juan Miranda, secretario de
El objetivo es reducir la sobrecarga de Juzgados y Tribunales y mejorar la competitividad de las empresas, resolviendo los conflictos de forma ágil, eficaz y no costosa para las empresas.
En palabras del secretario de
En este contexto, el órgano de gobierno de los jueces ha dado su apoyo a que las Cámaras de Comercio sean un interlocutor de referencia en el desarrollo de la mediación mercantil y civil, a través de programas conjuntos entre los Juzgados de lo mercantil y las Cámaras de Comercio, de forma que el servicio estar en toda la red cameral integrada por 88 Cámaras y así disponible en
El reciente Real Decreto 5/2012, de 5 de marzo, sobre mediación en materia civil y mercantil ha avalado la labor de mediación de las Cámaras, impulsando e incluyendo la mediación mercantil y civil dentro de las funciones básicas que deben desarrollar las Cámaras.
La mediación es un medio para resolver los conflictos mercantiles de una manera rápida y económica, fuera de los Tribunales de Justicia. Está dirigido a todas aquellas personas físicas y jurídicas que voluntariamente quieran zanjar un conflicto, a través de un acuerdo, en el que interviene un mediador. En el procedimiento de medicación se garantiza la plena igualdad de oportunidades, la confidencialidad, manteniendo el equilibrio entre sus posiciones y el respeto hacia los puntos de vista que cada uno exprese.