Jueves, 2 Mayo 2024

 


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El Tribunal Superior ratifica que el hotel de El Algarrobico viola la Ley de Costas

El hotel de Azata del Sol en el paraje de El Algarrobico, en Carboneras viola la Ley de Costas e invade de manera parcial la zona de servidumbre del dominio marí­timo-terrestre. Así­ lo ha dictaminado el Tribunal Supremo en una sentencia que desestima el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Carboneras.

Este recurso fue contra un fallo anterior de la Audiencia Nacional que consideró conforme a derecho la orden ministerial que, en 2005 amplió a 100 metros la zona de servidumbre en el tramo del litoral donde se asienta el establecimiento de veintiún plantas y 411 habitaciones.

La resolución del Alto Tribunal, contra la que no cabe recurso, ratifica que el Consistorio carbonero no procedió a "revisar" el Plan Parcial del sector urbaní­stico sobre el que se construyó el inmueble para "ajustarlo a las previsiones, en cuanto a la anchura de la servidumbre de protección, de la Ley de Costas" después de que esta entrase en vigor y subraya que "debió" aplicarse en la zona la disposición que fijaba esta zona de servidumbre en 100 metros.

En este sentido, indica que cuando entró en vigor la Ley de Costas "no existí­an" en el paraje "los aprovechamientos urbaní­sticos" que hubiesen permitido, según establece la propia legislación, reducir la zona de servidumbre a 50 metros, ya que el proyecto de urbanización de dicho sector no se aprobó hasta octubre de 1997, es decir, casi una década después a la entrada en vigor de la Ley de Costas. El Plan Parcial, que no fue desarrollado hasta esta fecha, se aprobó en mayo de 1988.

De este modo, el Supremo desbarata el argumento del Ayuntamiento, que sostení­a que concedió la licencia de obras del hotel en enero de 2003 según la normativa urbaní­stica -Normas Subsidiarias (NNSS)- que contaba con informe favorable de la Dirección General de Costas y en la que se fijaba la anchura de la zona de servidumbre en 50 metros. Además, el alto tribunal asegura que la administración urbaní­stica "se abstuvo deliberadamente" de adaptar el planeamiento a lo dispuesto en la Ley de Costas.

"El hecho de que la Administración Estatal de Costas informase favorablemente de la revisión de las Normas Subsidiarias no resta un ápice al deber legalmente impuesto de adoptar las disposiciones del planeamiento urbaní­stico a lo previsto en la Ley de Costas", señala la sentencia, que considera que tal actitud "sólo revela un proceder irrespetuoso con lo dispuesto en la ley por la administración al informar la revisión del mentado instrumento de ordenación urbaní­stica".

El TS remarca en el fallo que lo "relevante" en este caso es la situación urbaní­stica que tení­an los terrenos en la fecha de entrada en vigor de la Ley de Costas y que, por tanto, "no pueden tomarse en consideración" instrumentos de ordenación o gestión ulteriormente aprobados, "ni, desde luego, obras de urbanización o edificación realizadas en fechas muy posteriores".

La orden ministerial que aprobó el deslinde de los bienes de dominio público marí­timo-terrestre en el tramo de costa donde se encuentra el paraje de El Algarrobico fue recurrida ante la Audiencia Nacional tanto por el Ayuntamiento, como por la empresa promotora Azata del Sol y su matriz Azata. En los tres casos, la Audciena Nacional se pronunció en el mismo sentido y el Supremo deberá pronunciarse aún sobre las otras dos impugnaciones.

La citada orden, firmada por la exministra de Medio Ambiente del PSOE Cristina Narbona, dio lugar a la incoación de un expediente de expropiación del inmueble del que, finalmente, se acordó desistir por parte del Gobierno después de que el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de Almerí­a declarase nula la licencia municipal de obras concedida para construir el establecimiento hotelero en septiembre de 2008.

Este fallo, recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucí­a (TSJA), señaló como "incontestable", a la vista del examen de la documental practicada, que el sector S-T1 del Plan Parcial aprobado para la construcción del hotel se ubicaba de "forma clamorosa" en "espacio protegido y no urbanizable".

En el fundamento jurí­dico quinto atribuí­a a la corporación local carboneras, gobernada entonces por el PSOE, "perfecto conocimiento desde hace 20 años" de que la zona de servidumbre para la protección de dominio público marí­timo-terrestre era de 100 metros y hací­a extensible esta valoración a la Junta de Andalucí­a que, según subrayaba, fue "pasiva y condescendiente" con las infracciones contra la citada normativa y "permitió en definitiva" que se iniciase y desarrollase el proyecto de Azata del Sol.

Información Europa Press

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